Primera Santa Misa
Posesión canónica de un Párroco
Profesiones religiosas colectivas
Matrimonio
Aniversarios (25, 50, 60 años) de Ordenación sacerdotal, de Profesión religiosa, de Matrimonio
Primera Comunión y Confirmación (colectivas)
Cumpleaños (80, 90, 100 años)
Para aniversarios de Sacerdotes es necesaria la aprobación de la respectiva Curia diocesana.
Para aniversarios de Religiosos y Religiosas es necesaria la aprobación de los respectivos Superiores.
Para Matrimonio y aniversarios relacionados, para Primeras Comuniones y Confirmaciones colectivas, es necesaria la aprobación escrita del Párroco competente o del Sacerdote celebrante (cuando no se tenga la del Obispo o de la Curia diocesana).
Dicha aprobación es igualmente solicitada para los aniversarios de cumpleaños.
Para realizar la solicitud de la Bendición Apostólica favor diligenciar el siguiente formulario:
De no recogerla personalmente en esta Nunciatura, es preciso que en la solicitud se consigne la dirección postal o donde se desea que esta sea recibida. Se requiere apuntar un teléfono de contacto.
No olvidar adjuntar a la petición realizada en el formulario, en el espacio indicado, la carta de aprobación del Párroco o superior competente escaneada.
Plazo de entrega: A partir de la segunda semana, después de recibida la solicitud.
Horario de atención: de 9:00h a 16:30h